domingo, 15 de octubre de 2023

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

 

1.    Presenta la política pública que hayas elegido. 




En nuestro blog se analizará la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la cual tuvo por objeto hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, en particular mediante la eliminación de toda discriminación, directa e indirecta, de las mujeres.

Se trató de una ley pionera en el desarrollo legislativo de los derechos de igualdad de género en España. No obstante, se obtuvieron resultados insignificantes, ya que con ello no se permitió garantizar la efectividad de la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación, y en tanto persisten unas desigualdades intolerables en las condiciones laborables de mujeres y hombres. Es por esto que se ve necesario un nuevo texto articulado integral y transversal, dando lugar al Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

 

Ø  ROLES: ¿Impacta esa política o proyecto público en los roles de género?

 

Por supuesto que sí, ya que se trata de una ley dirigida a la igualdad entre hombres y mujeres, debido a la desigualdad que existía hasta el momento tanto en la brecha salarial como en la poca representación de las mujeres en disciplinas como la ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas.

La existencia de discriminaciones directas e indirectas, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, la discriminación por el embarazo, la maternidad, la asunción de obligaciones familiares o el ejercicio de los derechos de corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, son entre otros temas a tratar en dicha ley, algunos de los cuales deben modificarse en el Real Decreto-ley 6/2019.

 

Ø  RECURSOS: ¿Tiene efecto en el acceso igualitario a recursos económicos, materiales o de otro tipo para las mujeres?


Según el Decreto-ley 6/2019 se modifican entre otros los apartados 4, 5, 6, 7, 8 y 9 y se suprime el apartado 10 del artículo 48, quedando por ejemplo de la siguiente manera:

«4. El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para asegurar la protección de la salud de la madre.

El nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil.

Esta ley tiene un acceso igual a los recursos económicos durante el periodo de maternidad según la Ley Orgánica 3/2007 para todas las mujeres, ya que se puede disfrutar de dicho periodo. Pero ha sido más igualitario al introducir el Decreto-Ley 6/2019 en donde no solamente entra la madre biológica, sino también el progenitor distinto de la madre biológica.


Ø  REPRESENTACIÓN ¿Qué papel juegan las mujeres en las decisiones y las relaciones de poder en este proyecto?


Con esta ley se intenta potenciar los derechos de la mujer en varios ámbitos como por ejemplo:

-       Acceso al trabajo en condiciones de igualdad.

-       La conciliación de vida personal, familiar y laboral.

-       El acoso y la violencia de género.

-       Igualdad de mujeres y hombres en la creación y producción artística.

-       La igualdad en el deporte.

-       Participación en la toma de decisiones.

-       La construcción social del género.

-       Acceso a los bienes y servicios.

Nos hallamos ante una Ley que refleja un excesivo voluntarismo, cuya realización dependerá de la iniciativa de los poderes públicos y de su sensibilidad con la discriminación que padecen las mujeres. Incluso algunas de sus medidas tienen un largo recorrido, como las que intentan incidir en la formación del pensamiento y la construcción de la ciudadanía con parámetros de igualdad. Igualmente, el ejercicio de los derechos que en la misma se reconocen dependerá del grado de libertad real que tengan sus titulares o de la mentalidad de éstos, sobre todo aquellos que se disponen para la implicación de los hombres en las responsabilidades familiares. Sin embargo, no se puede dejar de reconocer que las obligaciones que imponen a los actores públicos y privados, así como las limitaciones que se establecen para garantizar la igualdad de trato entre mujeres y hombres, surtirán sus efectos. El permiso de paternidad es un buen comienzo para cambiar unos hábitos de comportamiento que hacen recaer sobre las mujeres el peso de la responsabilidad con la familia. La presencia equilibrada de los géneros en los ámbitos de toma de decisiones que afectan a la sociedad permite augurar, al menos, la visualización pública de un colectivo que ha estado demasiado tiempo alejado del poder.


2.   Comenta, si los conoces, el impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública. Si desconoces esa información, comenta entonces el impacto y resultados que consideras que podría tener.

 

Como se ha podido ver en diversos estudios la situación de la mujer sí que ha cambiado en estos últimos años. Sin embargo, los objetivos que se marcaron durante el 2007 no han sido logrados por completo. A través de diferentes fuentes documentales se puede ver que España, en su última década, ha mejorado aspectos relativos a la igualdad de género, pero no ha cumplido todos los objetivos marcados. Puede que la sociedad no estuviera preparada para una legislación tan avanzada en materia de género sin una educación específica previa. Muestra de ello es la representación de las mujeres en las instituciones de representación.

Los cambios sociales necesitan su tiempo para darse. Por ello se necesita seguir invirtiendo y trabajando en las líneas planteadas.

Los factores que afectan a la igualdad entre hombres y mujeres son diversos tanto en naturaleza como en procedencia.

Se necesita una mirada transversal de la realidad imperante actual que mantiene algunas barreras tanto a hombres como a mujeres. No debe creerse que con la aprobación de una ley el camino ya está andado. La igualdad formal está mucho más avanzada que la social. Por ello se requiere que los esfuerzos se den a la sociedad como núcleo emisor y receptor de las desigualdades inter - géneros.

 En definitiva, la Ley Orgánica 3/2007 inició un camino como consecuencia del esfuerzo de tantas generaciones de hombres y mujeres que nos precedieron. Estableció los pilares a partir de los cuales avanzar en materia de Igualdad de una manera transversal y panorámica. Ello hizo que abarcara una gran gama de aspectos, pero sin poder concretar en ninguno de ellos. En consecuencia, su mayor logro se convirtió en su mayor complejidad debido a que el ánimo transversal de la ley hace que sea difícil cumplir todos sus propósitos por tener un carácter ampliamente horizontal. Tras una década de su aprobación, es el momento de evaluarla y redefinirla para dotarla de los esfuerzos y de los recursos necesarios para continuar trabajando en los objetivos que se marcó y que hoy en día siguen vigentes.

https://www.inmujeres.gob.es/publicacioneselectronicas/documentacion/Documentos/DE0259.pdf


3.   ¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?

 

La Ley Orgánica 3/2007 inició un camino como consecuencia del esfuerzo de tantas generaciones de hombres y mujeres que nos precedieron. Estableció los pilares a partir de los cuales avanzar en materia de Igualdad de una manera transversal y panorámica. Ello hizo que abarcara una gran gama de aspectos, pero sin poder concretar en ninguno de ellos. En consecuencia, su mayor logro se convirtió en su mayor complejidad debido a que el ánimo transversal de la ley hace que sea difícil cumplir todos sus propósitos por tener un carácter ampliamente horizontal. Tras más de 15 años de su aprobación, es el momento de evaluarla y redefinirla para dotarla de los esfuerzos y de los recursos necesarios para continuar trabajando en los objetivos que se marcó y que hoy en día siguen vigentes.

Esta ley fue un cambio importante en la igualdad de género, pero dejó algunas lagunas pendientes que se han incorporado con el Decreto-Ley 6/2019.

Seguramente existan más cambios que hacer en el tiempo, pero desde mi punto de vista se ha avanzado mucho.

Con todas sus imperfecciones técnicas y con las debilidades señaladas, no se puede negar que se ha dado un salto cualitativo de gran importancia para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. A partir de ahora, todas y todos debemos asumir la tarea de extraer de esta Ley las máximas consecuencias, a fin de hacer realidad la exigencia constitucional, así como señalar sus carencias e identificar sus deficiencias, para que puedan ser enmendadas por el legislador.

 

 

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